martes, agosto 15, 2006

Ultima ley modificatoria de la reforma.

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La Ley N° 20.260, publicada en el Diario Oficial el 29 de marzo de 2008, modifica el Código del Trabajo y la Ley N° 20.087, la cual estableció un procedimiento oral que se aplicará en los Tribunales del Trabajo, el que comenzó a regir el lunes 31 de marzo de 2008 en las regiones de Atacama y Magallanes, y se llevará adelante en forma paulatina en todo el país en un proceso que culminará en octubre de 2009.

Entre otros cambios, la normativa establece mayores exigencias en el fundamento de las resoluciones judiciales, en particular las que se pronuncien en la etapa probatoria.

La ley elimina la tabla de emplazamientos y señala que la respuesta a la demanda será siempre escrita y deberá ser entregada con al menos cinco días de anticipación a la audiencia preparatoria, para agilizar el procedimiento y facilitarle al juez la posibilidad de alcanzar un acuerdo entre las partes.

Estas dos ideas marcan el sentido de la ley, buscar la conciliación y darle celeridad a los procedimientos. En este orden, la ley faculta a los jueces laborales a practicar diligencias fuera de su territorio, sin necesidad de recurrir a la figura del exhorto.

Para evitar los juicios dobles o paralelos se permite al demandante entablar en un mismo juicio la tutela laboral y la acción por despido injustificado.

La ley dispone que las causas laborales gozarán siempre de preferencia para su vista y conocimiento.

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